Un plantón de activistas exige justicia, no más violencia ni feminicidios. Foto: ABI - archivo

En 10 meses se registran 47 casos de concejalas que sufren acoso y violencia política en Bolivia

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En varios casos las mujeres desisten en seguir los procesos que inician ante el temor y la presión que ejercen sobre ellas.

Desde enero hasta octubre de este año se registraron en Bolivia al menos 47 denuncias de acoso y violencia política contra concejalas. En muchos casos, el cansancio y el temor hacen que las víctimas desistan de la denuncia, según informó la Asociación de Concejalas de Bolivia (Acobol).

En junio pasado, la concejal Eva Martínez, del municipio de San Lucas, Chuquisaca, denunció que producto de las presiones de sus colegas varones renunció el 4 de mayo a su cargo comunicando esta decisión al Tribunal Electoral Departamental (TED). Luego de una evaluación, la institución rechazó tal determinación por lo que Martínez volvió a ejercer funciones.

Este caso forma parte de los 47 que la Acobol registró desde enero hasta los primeros días de este mes. “Las hermanas mujeres ya han empezado a hacer las denuncias correspondientes, pero en realidad nos falta consolidar que esa denuncia que hacemos solo se queda en denuncias sino que vaya hasta las últimas consecuencias del proceso”, informó a La Razón, Zulema Cerrudo, presidenta de esta institución.

“Generalmente las hermanas se cansan y no siguen y lo dejan el proceso, pero nosotros queremos activarlo pero a veces tienen presión de sus mismo partidos y organizaciones y eso como que nos conlleva a que no se defina bien la denuncia que realizan”, aseguró sobre los casos en que muchas veces desisten en seguir los procesos que inician. Este fenómeno se da principalmente en el área rural del país.

La Ley 243 Contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres, promulgada el 28 de mayo de 2012, fue elaborada tras el deceso de Juana Quispe, concejala del municipio de Ancoraimes de la provincia Omasuyos del departamento de La Paz, quien apareció muerta con signos de haber sido estrangulada.

Esta norma define como acoso político al acto de presión, persecución, hostigamiento o amenazas en contra de mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función político – pública o en contra de sus familias para acortar, suspender, impedir o restringir las funciones inherentes a su cargo.


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